Ley seca

Ley seca en Barranquilla por la visita de Marco Rubio va hasta el miércoles: ¿a qué hora termina?

Las disposiciones quedaron establecidas mediante el Decreto 1381 del 7 de septiembre de 2026 y entraron en vigencia desde las 6:00 de la mañana de este martes 8 de septiembre.

Creada con IA Refuerzan el orden público: decretan ley seca en Bucaramanga y Barrancabermeja

La Alcaldía de Barranquilla anunció la adopción de medidas temporales de orden público con motivo de la visita del presidente de la República, Abelardo De la Espriella, y del secretario de Estado de los Estados Unidos, Marco Rubio.

Las disposiciones quedaron establecidas mediante el Decreto 1381 del 7 de septiembre de 2026 y entraron en vigencia desde las 6:00 de la mañana de este martes 8 de septiembre. Las medidas se extenderán hasta las 12:59 de la tarde del miércoles 9 de septiembre.

Según el Distrito, las restricciones buscan garantizar la seguridad de los altos funcionarios, preservar la convivencia ciudadana, facilitar la movilidad y coordinar la respuesta de las autoridades, organismos de socorro y la red hospitalaria.

Habrá ley seca y alerta amarilla

Entre las principales medidas se encuentra la implementación de una ley seca temporal en los sectores definidos por el decreto, donde estará restringido el expendio y consumo de bebidas embriagantes durante la vigencia de las disposiciones.

Además, se declaró alerta amarilla en la red hospitalaria y de atención de emergencias de Barranquilla desde las 6:00 a.m. del 8 de septiembre hasta las 12:59 p.m. del 9 de septiembre, con el fin de garantizar la capacidad de respuesta ante cualquier eventualidad.

Zonas con medidas especiales

Las restricciones aplicarán en varios puntos estratégicos de la ciudad, entre ellos:

  • El Batallón Paraíso, sobre la Vía 40 entre calles 77 y 80.
  • El sector comprendido entre las carreras 54 y 57 y las calles 74 y 76.
  • El Museo del Carnaval.
  • La ruta de desplazamiento de la caravana presidencial.
  • Los puntos de cierre vial, desvíos y corredores institucionales definidos por la Secretaría de Tránsito y Seguridad Vial.

Restricciones de tránsito

Durante la vigencia del decreto se prohibirá en las zonas priorizadas:

  • La circulación y estacionamiento de vehículos no autorizados.
  • Las actividades de cargue y descargue de mercancías.
  • La circulación de motocicletas con acompañante.
  • El transporte de escombros, trasteos, cilindros de gas, combustibles y sustancias inflamables.
  • El transporte de personas en platones o partes externas de vehículos.
  • El estacionamiento sobre andenes, separadores, zonas verdes y espacios públicos.

La Administración Distrital hizo un llamado a los ciudadanos para que programen sus desplazamientos con anticipación, atiendan las indicaciones de las autoridades y consulten los canales oficiales para conocer los cierres y desvíos que estarán vigentes durante la visita de los altos funcionarios.