El Distrito de Barranquilla ratificó la continuidad de la prohibición del parrillero de sexo masculino en zonas priorizadas de la ciudad, como parte de las estrategias para fortalecer la seguridad y la convivencia ciudadana.
La medida quedó establecida mediante el Decreto Distrital 0049 de 2026, el cual determina que la restricción se aplicará todos los días de la semana, las 24 horas del día, y se mantendrá vigente hasta el 31 de diciembre de 2026.
Según lo dispuesto, la prohibición cobija motocicletas, motocarros, cuatrimotos, mototriciclos y vehículos eléctricos livianos de movilidad personal urbana, sin importar su modalidad, cilindraje o tipo de propulsión, incluidos los vehículos eléctricos tipo motocicleta. La restricción se aplica incluso cuando el conductor sea propietario del vehículo.
Zonas donde rige la medida
El decreto establece que la prohibición aplica dentro del siguiente cuadrante del Distrito de Barranquilla:
- Calle 72, límite carril oriental
- Carrera 38, límite carril sur
- Carrera 65, límite carril norte
- Hasta la Avenida Circunvalar, sin incluirla, como límite occidental
Dentro de este perímetro, la restricción tendrá carácter permanente durante el tiempo estipulado.
Excepciones contempladas
El decreto contempla algunas excepciones para personas que, por el ejercicio de sus funciones, requieren el uso de estos vehículos. Entre ellas se encuentran:
- Miembros de la Fuerza Pública, organismos de seguridad del Estado, Policía Judicial, organismos de tránsito y transporte, y organismos de socorro.
- Escoltas de funcionarios del orden nacional, departamental, distrital y municipal, debidamente identificados.
- Supervisores de vigilancia privada, siempre que se encuentren uniformados, plenamente identificados y que el vehículo porte el logo o emblema de la empresa de seguridad.
Desde la administración distrital se reiteró que esta medida busca prevenir hechos delictivos y contribuir a la tranquilidad de los ciudadanos en sectores estratégicos de la capital del Atlántico.